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INFORMACION DE FONDO

Informe del Departamento de Estado sobre Prácticas de Derechos Humanos en 2007

Publicado el 11 de marzo de 2008

Traducción extraoficial de la sección concerniente a México – Inglés Original

México es una república federal constitucional, con una población de 108 millones. En julio de 2006, Felipe Calderón, del Partido Acción Nacional (PAN), fue elegido presidente para un período de seis años, en unas elecciones multipartidistas que, en conjunto, fueron libres y justas. Aún cuando las autoridades civiles mantuvieron en general un control efectivo de las fuerzas de seguridad, hubo casos frecuentes en los que elementos de dichas fuerzas de seguridad actuaron independientemente de la autoridad del gobierno.

El gobierno generalmente respeta y promueve los derechos humanos a nivel nacional mediante la investigación, el enjuiciamiento y la condena de funcionarios públicos y miembros de las fuerzas de seguridad. No obstante, persistieron los problemas de impunidad y corrupción, en particular, a nivel estatal y local. Se informó de los siguientes problemas relacionados con los derechos humanos: asesinatos llevados a cabo por fuerzas de seguridad; secuestros, incluso cometidos por policías; maltrato físico; hacinamiento y condiciones penitenciarias deficientes; arrestos y detenciones arbitrarias; corrupción, ineficiencia y falta de transparencia en el sistema judicial; confesiones obtenidas mediante maltrato físico y admitidas como evidencia en juicios; intimidación criminal de periodistas que lleva a la autocensura; corrupción en todos los niveles del gobierno, violencia doméstica contra la mujer, con frecuencia perpetrada con impunidad; violencia, incluso asesinatos, contra las mujeres; tráfico de personas, en ocasiones con presunta participación oficial; discriminación social y económica contra los pueblos indígenas; y trabajo infantil.

Como primer paso, en un intento por reformar y dar profesionalidad a la policía, el gobierno relevó a 284 comandantes de la policía federal, entre ellos a los 34 comandantes de la policía regional, y capacitó y evaluó estrictamente a sus suplentes.

RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS

Sección 1 Respeto a la integridad de la persona, con protección contra:

a. Privación arbitraria o ilícita de la vida

El gobierno o sus representantes no cometieron ningún asesinato por motivos políticos; sin embargo, se informó que, durante el año, las fuerzas de seguridad, actuando dentro y fuera del ejercicio de sus funciones, mataron a varias personas.

El 2 de junio, soldados del ejército mataron a tiros a una familia de cinco personas, en un puesto de control en Sinaloa. Las autoridades detuvieron y acusaron a tres oficiales y 16 reclutas en relación con los asesinatos. Al final del año, los 19 soldados permanecían encarcelados y en espera de juicio en un tribunal militar. La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), organismo semiautónomo, emitió recomendaciones sobre este caso que la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) convino en investigar. Al final del año, la SEDENA estaba aún preparando el caso contra los soldados.

No hubo avance en la investigación oficial de los dos asesinatos ocurridos en abril de 2006, durante la intervención de la policía estatal y federal en una huelga de mineros en el Estado de Michoacán. En octubre de 2006, la CNDH y las ONG locales de derechos humanos acusaron a las fuerzas de seguridad estatales y federales de emplear fuerza excesiva.

Para finales del año, el gobierno no había tomado ninguna medida en respuesta a la investigación realizada por la CNDH en octubre de 2006, la cual concluyó que las autoridades fueron responsables de las muertes de Javier Cortés Santiago, de 14 años, y Ollin Alexis Benhumea, en mayo y junio de 2006, durante un enfrentamiento entre la policía y manifestantes armados en San Salvador Atenco. La procuraduría general del estado no formuló conclusiones al final del año sobre sus investigaciones de los enfrentamientos.

El conflicto político en el Estado de Oaxaca, que se estima causó la muerte directa o indirectamente de 20 civiles en 2006, se estabilizó al inicio del año; sin embargo, las investigaciones estatales y federales no han resuelto ninguna de las denuncias de abusos ni asesinatos oficiales relacionados con la violencia de 2006. No avanzó la investigación del gobierno del asesinato en octubre de 2006 del periodista estadounidense, Bradley Will, quien cubría los disturbios de Oaxaca cuando un asesino desconocido lo mató a tiros.

Al final del año, cuatro agentes de la policía municipal permanecían encarcelados con cargos relacionados con la muerte de José Gabriel Velázquez Pérez en agosto de 2006, en Chiapa de Corzo, Chiapas.

Durante el año, el presidente Calderón manifestó el compromiso de su gobierno con el desmantelamiento de los carteles de narcotráfico del país, y movilizó a más de 20.000 soldados del ejército y policías federales contra narcotraficantes en 10 estados. De acuerdo con informes de los medios de difusión, durante el año, carteles rivales mataron aproximadamente a 2.470 personas, entre ellas 300 agentes de policía y 27 soldados. La violencia contra agentes de la policía fue particularmente grave en la ciudad de Monterrey y en los estados de Guerrero, Michoacán y Sinaloa.

No hubo ningún avance en la investigación de la Procuraduría General de la República (PGR) del asesinato de tres estudiantes universitarios en 2005, en Tamaulipas, perpetrado por agentes de la Policía Federal Preventiva (PFP).

El 20 de marzo, fueron puestas en libertad por falta de pruebas suficientes dos de las 26 personas arrestadas en relación con el ataque realizado por un grupo parapolicial en 2004, en el que murieron tres agentes de la PFP en el barrio de Tláhuac de la Ciudad de México. Al final del año, las 24 personas restantes se encontraban en la cárcel en espera de juicio.

El 13 de julio, el Tribunal Federal de procesos penales absolvió al ex presidente Luis Echeverría de responsabilidad criminal por la matanza de manifestantes en la Ciudad de México, en 1968. El tribunal no encontró pruebas de que Echeverría hubiera estado implicado o sido responsable de ordenar el asesinato de personas.

b. Desaparición

No hubo informes confirmados de desapariciones por motivos políticos. En varios casos de denuncias de desapariciones, la policía había mantenido incomunicada a la persona desaparecida durante varios días. Como en años anteriores, hubo informes dignos de crédito de participación de la policía en secuestros para pedir recompensa, principalmente a nivel estatal y local.

En julio y septiembre, el Ejército Popular Revolucionario (EPR), un movimiento guerrillero armado, atacó los ductos de la empresa petrolera nacional (PEMEX) en tres incidentes diversos. El grupo manifestó que los ataques fueron una respuesta al "secuestro" de tres de sus miembros perpetrado por fuerzas de seguridad. El gobierno declaró que no tenía ningún miembro del grupo en custodia, pero pidió que elementos de seguridad investigaran el paradero de las tres personas. A finales del año, no había habido nuevos acontecimientos.

No hubo avance en el caso contra un agente de la PGR y dos agentes antinarcóticos acusados de secuestro y extorsión del gerente de un centro nocturno en la Ciudad de México, en 2005.

El secuestro sigue siendo un problema grave para personas de todos los niveles socioeconómicos. Muchos casos no fueron denunciados debido a que las familias negociaron directamente con los secuestradores. Se cree que el número de casos denunciados a las autoridades fue mucho menor que el número real de secuestros. Un problema grave fueron los secuestros exprés, en los que la víctima es detenida por poco tiempo para obtener pago, con frecuencia forzándola a usar una tarjeta de cajero automático para vaciar la cuenta de banco. Cálculos extraoficiales diversos estiman que el número de estos secuestros supera en mucho los secuestros tradicionales.

c. Tortura y penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes

Aún cuando la ley las prohíbe, estas prácticas persisten, y el maltrato físico en particular sigue siendo un problema grave. A pesar de que la ley dispone lo contrario, con frecuencia se admitieron como evidencia confesiones obtenidas mediante maltrato físico. La CNDH y otros grupos de derechos humanos acusaron a las autoridades de emplear técnicas sofisticadas que incluyen la tortura psicológica y los métodos tradicionales para extraer confesiones. Las confesiones siguen empleándose como prueba principal en muchos casos penales, lo cual fomenta el uso por parte de la policía del maltrato físico para extraer el testimonio de los acusados. Muchos ciudadanos desconfían de los agentes del orden y del sistema de justicia en general, y se rehúsan a presentar denuncias oficiales o a comparecer como testigos. Los agentes de la PGR manifestaron que los delincuentes detenidos suelen presentar en legítima defensa denuncias falsas de maltrato.

La CNDH recibió 395 denuncias de trato cruel o degradante y cuatro denuncias de tortura durante el año, en comparación con las seis denuncias de tortura en 2006. Los grupos de defensa de los derechos humanos vincularon también el maltrato físico con la realización generalizada de las detenciones arbitrarias. La policía y los ministerios públicos intentaron con frecuencia justificar un arresto obteniendo por la fuerza la confesión de un delito.

El gobierno intervino para poner en ejecución medidas contra la práctica de la tortura. El gobierno federal y algunos estados implementaron el Protocolo de Estambul, que incluye una guía sobre la investigación y la documentación de casos de tortura y otros abusos.

El 2 y 3 de mayo, en el Estado de Michoacán, un enfrentamiento entre un convoy del ejército y presuntos narcotraficantes dejó cinco soldados y un coronel muertos. Posteriormente, el ejército llevó a cabo redadas en viviendas de varias aldeas vecinas, en busca de personas relacionadas con uno de los narcotraficantes. Según la CNDH y las ONG, los soldados detuvieron arbitrariamente y luego golpearon y quemaron con encendedores a un número indeterminado de familiares, sumergieron a una persona en un pozo y violaron a cuatro mujeres, dos de ellas menores de edad. Supuestamente, los soldados detuvieron a 10 personas en una base militar local, donde siguieron golpeándolas y torturándolas.

La CNDH informó que, el 7 de mayo, también después de un enfrentamiento con cuatro presuntos narcotraficantes, un segundo convoy del ejército detuvo arbitrariamente y supuestamente torturó a siete adultos y un menor en una base militar. La CNDH emitió una recomendación no vinculante en la que se solicita a la SEDENA que investigue este caso y que los perpetradores sean juzgados. La SEDENA aceptó las recomendaciones de la CNDH y convino en realizar una investigación. Al final del año, seguía llevándose a cabo dicha investigación.

El 2 de octubre, tres de los ocho soldados acusados ante un tribunal civil de agresión y violación de 14 mujeres en julio de 2006, en el Estado de Coahuila, recibieron condenas de 21 a 41 años de cárcel. Un cuarto soldado fue condenado a cuatro años de cárcel. Otros cuatro soldados fueron absueltos. Esta es la primera vez que un tribunal civil procesa y declara culpable a personal uniformado, por delitos mayores cometidos estando de guardia.

El 22 de junio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) nombró una comisión de jueces para llevar a cabo una investigación extrajudicial de supuestos abusos y uso de fuerza perpetrados por cuerpos policiales federales y estatales durante los enfrentamientos de 2006 en Oaxaca; sin embargo, al final del año, esta comisión no había terminado la investigación.

El 17 de agosto, la Suprema Corte acordó investigar las supuestas violaciones a los derechos humanos ocurridas en los enfrentamientos de mayo de 2006, en San Salvador Atenco. La CNDH informó haber recibido 211 denuncias de abusos, confirmando la denuncia de agresión sexual y tortura contra 26 detenidos durante los enfrentamientos en Atenco y después de ellos. Hacia fin de año, la comisión de la Suprema Corte no había concluido la investigación. El 9 de noviembre, las autoridades del Estado de México pusieron en libertad a Magdalena García Durán, vendedora callejera indígena que fue detenida durante el conflicto, y retiraron todas las acusaciones contra ella después de que los tribunales federales expresaron que no hubo pruebas que justificaran su detención y juicio. A mediados de noviembre, Amnistía Internacional informó que 20 personas de las 33 detenidas inicialmente permanecían encarceladas, acusadas de delitos a raíz de los violentos enfrentamientos.

Condiciones penitenciarias y de centros de detención

Las condiciones penitenciarias siguen siendo deficientes. La CNDH y otras ONG informaron que predominaron la corrupción, el hacinamiento, el alcoholismo y la drogadicción en la mayoría de las instalaciones. Las condiciones de higiene y salud son malas y la mayoría de las cárceles no cuenta con atención psiquiátrica. El personal de gran parte de las cárceles está mal capacitado, recibe salarios bajos y propende a la corrupción. En ocasiones, las autoridades colocan a los presos en aislamiento durante períodos indefinidos, y los reclusos suelen tener que sobornar a los guardias para obtener comida, medicamentos y otros artículos de primera necesidad. El hacinamiento penitenciario sigue siendo un problema común; se estima que, en promedio, la población en los 455 establecimientos penitenciarios del país excede el 130% de la capacidad prevista. El sistema penitenciario de la Ciudad de México calcula que la población de sus instalaciones excede el 160% de la capacidad prevista.

En muchas cárceles, los reclusos tienen una autoridad considerable, desplazan a los funcionarios penitenciarios y generan inseguridad generalizada, lo que conlleva a la muerte de reos, con frecuencia a manos de otros presos. Durante el año, hubo al menos 232 asesinatos y 34 suicidios entre una población de casi 218.000 en los centros penitenciarios federales.

Normalmente, se mantiene a los detenidos en prisión provisional junto con los delincuentes sentenciados. La CNDH hizo notar que las condiciones de las mujeres encarceladas fueron más deficientes que las de los hombres, en particular para las mujeres que viven en la cárcel con sus hijos. Hubo informes de casos de abuso sexual de mujeres que se encontraban detenidas, aunque no se realizaron estudios oficiales que sustentaran el alcance del problema.

El gobierno permitió a las ONG y a las organizaciones de derechos humanos la supervisión independiente de las condiciones carcelarias. El Comité Internacional de la Cruz Roja, la CNDH y las comisiones estatales de derechos humanos visitaron a los reclusos durante el año. La CNDH informó haber realizado 209 visitas en el año.

d. Arresto o detención arbitraria

La ley prohíbe el arresto y la detención arbitrarios, así como el auspicio o el encubrimiento de una detención ilícita; no obstante, la policía hace frecuentemente caso omiso de estas disposiciones.

Función de la policía y el aparato de seguridad

Los cuerpos policiales federales, estatales y municipales están integrados por 500.000 agentes aproximadamente. La policía federal y la estatal se dividen en policía preventiva y judicial. La policía preventiva mantiene el orden y la seguridad pública y, por lo general, no investiga los delitos. La policía judicial funciona como fuerza investigadora bajo la autoridad y las órdenes de los ministerios públicos (procuradurías). Las fuerzas armadas están a cargo de la seguridad exterior, pero tienen además importantes responsabilidades internas, en particular, combatir el narcotráfico y mantener el orden.

La corrupción siguió siendo un problema, debido a que muchos agentes de la policía participaron en secuestros y extorsiones, o protegieron o intervinieron directamente en nombre de la delincuencia organizada y los narcotraficantes. La impunidad fue generalizada hasta el grado en que las víctimas se rehusaron con frecuencia a presentar denuncias. La responsabilidad de investigar los abusos de la policía federal compete a la PGR y a la Secretaría de la Administración Pública, dependiendo del tipo de delito. Asimismo, la CNDH puede recibir denuncias, pero sus recomendaciones no son vinculantes ni tienen peso legal. No obstante, cuando una entidad de gobierno acepta una recomendación de la CNDH, tiene la obligación por ley de tomar las medidas correspondientes. A nivel estatal, existe un mecanismo similar. La CNDH ofreció capacitación sobre derechos humanos a las fuerzas militares y de seguridad, y el gobierno continuó la formación profesional de sus agentes del orden. Entre enero y octubre, en colaboración con la CNDH, la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) capacitó a más de 13.500 empleados y la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), a más de 18.000 en asuntos relacionados con los derechos humanos.

En junio, se relevó a 284 comandantes de la policía federal, entre ellos a los 34 coordinadores de la policía regional, como parte de la reforma del gobierno para fomentar la transparencia y combatir la corrupción. La SSP inició un programa integral con detectores de mentiras destinado a capacitar a cientos de operadores de detectores en los próximos dos años, a fin de emplear este instrumento para eliminar la corrupción dentro de esa secretaría.

La CNDH expresó preocupación por los supuestos abusos de derechos humanos cometidos por algunos convoyes militares desplegados en misiones antinarcóticos y otras operaciones de aplicación de la ley. El 21 de septiembre, la CNDH mencionó cuatro incidentes distintos que implicaban a unidades militares en matanzas, allanamientos ilícitos, violaciones y detenciones arbitrarias de personas. Al final del año, la CNDH había emitido a la SEDENA cuatro recomendaciones relacionadas con esos casos. La SEDENA aceptó las cuatro recomendaciones y convino en realizar una investigación.

En diciembre de 2006, la Policía Federal Preventiva (PFP) realizó una redada en la sede de la policía ministerial de Oaxaca, y confiscó más de 340 armas para investigar si alguna había sido usada en los ataques contra los manifestantes. Al final del año, no había habido ningún avance en la investigación.

Arresto y detención

Se considera que un sospechoso es culpable hasta comprobar su inocencia. Un fiscal puede retener a una persona hasta 48 horas (96 horas en casos de delincuencia organizada) antes de presentar y acusar al sospechoso ante un juez. La ley establece que las autoridades deben dictar sentencia a una persona acusada en los cuatro meses posteriores a la detención si el supuesto delito implica una sentencia de menos de dos años de cárcel, o en un año si el delito conlleva una sentencia mayor; en la práctica, las autoridades judiciales y policiales con frecuencia hacen caso omiso de estos plazos. Se puede obtener libertad bajo caución mediante el pago de una fianza sólo en los casos con penas de cinco años o menos; de lo contrario, no es posible la liberación.

En muchos casos, la policía arrestó y detuvo arbitrariamente a presuntos delincuentes sin una orden. Normalmente, se permitió a los detenidos el acceso inmediato a un abogado y a sus familiares. En algunos casos, la policía mantuvo incomunicados a los detenidos durante varios días. La CNDH recibió 432 denuncias de detenciones arbitrarias durante el año.

La prisión provisional prolongada sigue siendo un problema. Al final del año, un poco más de 92.000 reclusos, o cerca del 42% de todos los presos federales, estaban esperando que se les dictara sentencia. Los medios de difusión informaron que, a veces, los detenidos permanecen encarcelados varios años sin juicio.

e. Denegación de juicio público imparcial

Aún cuando la ley establece que el Poder Judicial es independiente, en ocasiones, las autoridades gubernamentales influyeron en las decisiones del tribunal, en particular, a nivel estatal y local. La corrupción, la ineficiencia y la falta de transparencia siguen siendo un problema importante en el sistema jurídico. Además, hubo ataques de delincuentes a miembros del sistema judicial. El sistema de tribunales federales está integrado por la Suprema Corte, 91 tribunales de apelaciones de circuito, 49 tribunales de apelaciones y 185 tribunales de distrito.

El 15 de mayo, en la Ciudad de México, agresores desconocidos mataron a tiros a José Nemesio Lugo Félix, funcionario federal, quien tenía una colaboración importante en los asuntos de la Procuraduría General relacionados con la delincuencia organizada.

Al final del año, seguía la investigación del asesinato del juez federal René Hilario Nieto Contreras, que tuvo lugar en Toluca en agosto de 2006. El juez Nieto había manejado casos relacionados con los carteles del Golfo y de Juárez.

Procedimientos judiciales

El sistema judicial se basa en el Código Napoleónico y consiste en una serie de audiencias para determinar los hechos, durante las cuales el tribunal recibe pruebas documentales o testimonios. Un juez estudia el expediente del caso en su despacho, y emite posteriormente un fallo final por escrito. El expediente del procedimiento no está a disposición del público; únicamente las partes involucradas tienen acceso al expediente oficial, y sólo mediante una petición especial. Los códigos de procedimiento penal de los estados de Chihuahua, Oaxaca, Zacatecas, Baja California Norte y Morelos permiten juicios orales para todos los delitos.

La ley concede al acusado el derecho de asistir a las audiencias y recusar la evidencia o el testimonio presentado. En general, el gobierno respetó esos derechos en la práctica. En la mayoría de los casos, las audiencias de los tribunales estuvieron abiertas al público.

La ley establece que los acusados tienen el derecho de contar con un abogado en todas las etapas del procedimiento penal. En la práctica, esto sólo significó que las autoridades tuvieron que nombrar a una "persona de confianza", a la que no se exigió ninguna experiencia ni preparación legal en particular, para que representara al acusado. El sistema de defensoría pública no fue suficiente para cubrir la demanda, en especial a nivel estatal. Los servicios de defensoría pública residieron en el poder ejecutivo o judicial; no hubo ningún servicio independiente de defensoría pública. De acuerdo con Amnistía Internacional, la mayoría de los presuntos delincuentes no contó con un representante sino hasta después de encontrarse bajo autoridad judicial, lo cual permite que las personas queden expuestas a coerción para que firmen declaraciones falsas durante la prisión provisional.

Aunque la ley estipula que deben ofrecerse servicios de traducción del español a idiomas indígenas en todas las etapas del proceso penal, en general, no se cumplió con esta disposición. Por consiguiente, los acusados indígenas que no hablaban español desconocían a veces la situación de sus casos y, con frecuencia, los sospechosos fueron declarados culpables sin que entendieran completamente los documentos que se les exigía que firmaran.

Según se informó, los jueces siguen admitiendo declaraciones obtenidas por medio de tortura como evidencia contra el acusado. Se abusó particularmente de esta práctica debido a que las confesiones fueron la prueba principal en todas las declaraciones de culpabilidad de delitos. Las ONG afirmaron que los jueces dieron muchas veces mayor valor probatorio a la primera declaración de un acusado, hecha con frecuencia en ausencia de un representante legal. Esto fue un incentivo para que los ministerios públicos obtuvieran una primera confesión incriminatoria y un obstáculo para que los acusados pudieran desmentir esas declaraciones.

La ley dispone la jurisdicción militar de los delitos o faltas que impliquen una infracción de la disciplina militar. En los casos en los que un miembro del ejército comete un delito y es detenido por las autoridades civiles, el ejército tiene derecho a solicitar la transferencia inmediata del caso a la jurisdicción militar, una práctica que condena la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Presos políticos y personas detenidas

Una coalición de grupos locales e internacionales de derechos humanos clasificó como presos políticos a algunos de los líderes detenidos de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca (APPO) y del movimiento de los maestros de Oaxaca, y expresaron esta inquietud ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Muchas personas relacionadas con los manifestantes de Oaxaca fueron arrestadas legítimamente por delitos como vandalismo y agresión; sin embargo, los grupos de derechos humanos expresaron preocupación acerca de que las acusaciones contra algunos carecían de fundamento y que las autoridades no siguieron el debido procedimiento legal. Los grupos también denunciaron que los familiares, abogados y representantes de derechos humanos tuvieron problemas para visitar a los presos.

El 19 de noviembre, el tribunal local de Ocotlán de Morelos, Oaxaca, ordenó la liberación del presunto líder de la APPO, Horacio Sosa Villavicencio, debido a falta de pruebas. Los hermanos Horacio y Flavio Sosa Villavicencio, presuntos líderes de la APPO, fueron arrestados en diciembre de 2006, y acusados de robo, secuestro, violencia con agravantes, incendio intencional y varios otros delitos. Al final del año, Flavio Sosa permanecía detenido y sujeto a procedimientos legales.

No hubo nuevos acontecimientos relacionados con el examen judicial de 2005 realizado por el Secretario del Estado de Guerrero, Armando Chavarría Barrera, de los casos de nueve presos políticos potenciales detenidos en las cárceles del estado.

Procedimientos y soluciones judiciales civiles

Existe una judicatura independiente e imparcial para asuntos civiles, con acceso a un tribunal para reclamar daños y perjuicios por una violación a los derechos humanos. No se informó de ningún caso de este tipo durante el año.

f. Interferencia arbitraria en la privacidad, la familia, el hogar o la correspondencia

Aún cuando la ley prohíbe dichas prácticas y exige órdenes de registro, en ocasiones, las autoridades no acataron estas disposiciones. La CNDH recibió 397 denuncias de allanamientos ilícitos durante el año.

Sección 2 Respeto a las libertades civiles, que incluye:

a. Libertad de expresión y de prensa

La ley establece la libertad de expresión y de prensa, y el gobierno respetó generalmente esos derechos en la práctica. La mayoría de los periódicos y las estaciones de radio y televisión son propiedad privada; el gobierno tiene una presencia mínima en la propiedad de los medios de información, aunque es una fuente importante de ingresos por publicidad.

El 12 de abril, el presidente Calderón firmó un decreto que elimina efectivamente los delitos de difamación, libelo y calumnia a nivel federal. No obstante, a nivel estatal, los periodistas siguen siendo vulnerables a amenazas de prisión porque la mayoría de los estados mexicanos tienen leyes sobre el delito de libelo que no son sobreseídas por las leyes federales. En ocasiones, los funcionarios estatales y locales respondieron de manera adversa a artículos de noticias, amenazando a los autores con demandas de libelo y difamación. Actualmente, se exige a los estados enmendar sus códigos penales.

A pesar del apoyo del gobierno federal a la libertad de prensa, muchos periodistas trabajaron en ambientes peligrosos. Los reporteros que cubren asuntos de diversos grupos de la delincuencia organizada y funcionarios públicos corruptos vinculados con dichos grupos confirmaron que practican la autocensura y reconocieron los peligros que el periodismo de investigación representa para ellos y sus familias. Los periodistas fueron acosados, amenazados o atacados; la mayoría de las amenazas contra ellos se relacionó con reportajes sobre la delincuencia organizada y el narcotráfico. Durante el año, dos periodistas y tres auxiliares de los medios de información fueron asesinados, y hubo tres desaparecidos. La CNDH recibió 84 denuncias de amenazas a periodistas durante el año.

De acuerdo con Reporteros Sin Fronteras, seis periodistas que desaparecieron en los últimos años no han sido encontrados; no se han realizado investigaciones, ni se espera que se lleven a cabo. La Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos Contra Periodistas hizo notar que, desde 1982, más de 50 periodistas han sido asesinados o han desaparecido debido a su profesión, de los cuales, 28 han muerto a partir de 2001.

Los ejemplos de amenazas, desapariciones y muertes ocurridas durante el año comprenden:

  • El 20 de enero, Rodolfo Rincón Taracena, un periodista que informaba sobre asuntos del narcotráfico para el periódico Hoy de Tabasco, desapareció en Villahermosa, Tabasco.
  • El 6 de abril, Amado Ramírez, corresponsal de Televisa y Radiorama en Acapulco, fue muerto a tiros. Ramírez, que recientemente había vinculado a los narcotraficantes con la muerte de dos agentes de la policía local, recibió varias amenazas de muerte antes de ser asesinado. Las autoridades arrestaron a dos hombres en conexión con este caso; ambos fueron liberados posteriormente bajo fianza. Al final del año, continuaba la investigación.
  • El noticiero Al Tanto, que conducía el periodista Amado Ramírez, fue sacado del aire el 9 de abril, después de que la estación de Acapulco recibiera amenazas posteriores a su asesinato.
  • En abril y mayo, la oficina del periódico regional Cambio de Sonora en Hermosillo fue atacada con granadas que causaron daños menores y el cierre temporal del periódico.

El 27 de noviembre, una comisión de la Suprema Corte determinó que el gobernador del Estado de Puebla, Mario Marín, y otros 29 funcionarios estatales participaron en la violación de los derechos de Lydia Cacho, quien fue arrestada por la policía de Puebla en 2005. Sin embargo, el 30 de noviembre, la Suprema Corte rechazó el informe de la comisión y dictaminó que las violaciones no eran suficientes para ordenar acciones legales contra el gobernador Marín.

No hubo sucesos en la desaparición en 2005 de Alfredo Jiménez Mota, reportero de investigación. Al final del año, el caso seguía abierto.

Libertad en internet

No hubo restricciones del gobierno al acceso a internet, ni informes de que el gobierno haya controlado el correo electrónico ni las salas de conversación por internet. Las personas y los grupos pudieron participar en la expresión pacífica de opiniones por Internet y por correo electrónico.

Libertad académica y actos culturales

El gobierno no impuso limitaciones a la libertad académica ni a los actos culturales.

b. Libertad de reunión y de asociación pacífica

La ley establece la libertad de reunión y asociación y, por lo general, el gobierno respetó ese derecho en la práctica. Los grupos que desean reunirse en zonas públicas deben informar previamente a las autoridades policiales locales. En todo el país, se realizaron demostraciones organizadas y pacíficas frecuentes. Durante el año, hubo varios enfrentamientos violentos de manifestantes con la policía, y los arrestos consiguientes dieron lugar a denuncias de detenciones arbitrarias, uso de fuerza excesiva, maltrato físico, violación y, en ocasiones, asesinatos.

El 16 de julio, los miembros de la APPO en Oaxaca participaron en una manifestación violenta con la intención de interrumpir una celebración cultural local. La policía municipal y estatal de Oaxaca hirió a 25 personas; también hubo 15 agentes de policía lesionados y 60 personas detenidas. Según la ONG oaxaqueña, Comité de Liberación 25 de Noviembre, seis personas permanecieron detenidas desde el momento de los primeros disturbios en Oaxaca que comenzaron en mayo de 2006, hasta los desórdenes de julio.

c. Libertad religiosa

La ley establece la libertad religiosa, y el gobierno respetó generalmente este derecho en la práctica. No obstante, hubo mecanismos deficientes de aplicación de la ley, disputas locales por tierras y tradiciones familiares que contribuyeron a la discriminación contra algunos grupos religiosos, especialmente en el sur. Con frecuencia, el gobierno federal y los gobiernos locales no castigaron a los responsables de actos de discriminación por motivos religiosos.

La constitución prohíbe que los miembros del clero participen en puestos públicos, preconicen opiniones políticas partidistas, apoyen a candidatos políticos o se opongan a las leyes e instituciones del estado.

Las asociaciones religiosas deben estar registradas ante el gobierno para solicitar permisos oficiales para construcción de obras, recibir exenciones fiscales y celebrar asambleas religiosas fuera de sus lugares de culto. Aunque el gobierno puede rechazar las solicitudes debido a documentación incompleta, el proceso de registro fue el de rutina. Se registraron más de 6.600 asociaciones religiosas.

Abuso y discriminación de grupos sociales

En las regiones del centro y sur, algunos líderes de comunidades indígenas predominantemente católicas consideraron a los grupos evangélicos como influencias externas non gratas, y como amenazas económicas y políticas. En ocasiones, estos líderes consintieron u ordenaron el acoso o la expulsión de personas que pertenecían principalmente a grupos evangélicos protestantes. Ya sea que el grupo fuera desplazado a la fuerza con violencia o se marchara voluntariamente para evitar el acoso, con frecuencia se encontró viviendo en las afueras de otra comunidad local y en condiciones aún peores que las de la pobreza extrema que predomina en la región. Como en años anteriores, los funcionarios de la aldea impusieron sanciones a los grupos evangélicos por negarse a participar en los festivales de la comunidad o a trabajar en sábado.

La comunidad judía está integrada por 50.000 personas aproximadamente. No hubo informes de incidentes antisemitas.

Para obtener información más detallada, consulte el Informe Internacional sobre Libertad Religiosa 2007.

d. Libertad de movimiento, personas desplazadas internamente, protección de refugiados y apátridas

La ley establece la libertad de movimiento dentro del país, viajes al extranjero, emigración y repatriación, y el gobierno respetó generalmente esos derechos en la práctica.

La ley no permite el exilio forzado, y éste no se practicó.

Protección de refugiados

La ley establece la concesión de asilo o la condición de refugiados de conformidad con la Convención de la ONU de 1951, en relación con el Estatuto de Refugiados y su Protocolo de 1967, y el gobierno ha establecido un sistema para ofrecer protección a los refugiados. En la práctica, el gobierno dispone la protección contra devoluciones, es decir, la repatriación de personas a un país cuando existan motivos para que teman ser perseguidos. Durante el año, el gobierno concedió condición de refugiados o asilo a tres solicitantes de los 311 casos pendientes.

Aunque muchas veces el Instituto Nacional de Migración (INM) liberó en definitiva a los inmigrantes cubanos, en algunos casos éstos fueron devueltos a Cuba. El INM informó que 3.601 inmigrantes que entraron ilegalmente durante el año provenían de Cuba; de éstos, 221 fueron devueltos a ese país. Los restantes resto fueron liberados, y se supone que la mayoría solicitó asilo en los Estados Unidos.

Anteriormente, el gobierno proporcionaba protección temporal a las personas que pudieran no reunir los requisitos como refugiados según la Convención de 1951 y su Protocolo de 1967; sin embargo, no lo hizo durante el año. El gobierno cooperó con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y con otras organizaciones humanitarias para dar asistencia a refugiados y personas que buscaban asilo. Se informó que el INM concedió asilo a tres cubanos durante el año.

Sección 3 Respeto a los derechos políticos: el derecho de los ciudadanos a cambiar su gobierno

La ley establece que los ciudadanos tienen el derecho de cambiar su gobierno por medios pacíficos, y los ciudadanos ejercieron este derecho en la práctica por medio de elecciones periódicas, libres y justas, celebradas por sufragio universal.

Elecciones y participación política

La mayoría de los observadores neutrales determinaron que las reñidas elecciones presidenciales y congresionales de julio de 2006 fueron libres y justas en general. Entre los observadores, hubo representantes de la Unión Europea y de organizaciones de sociedades civiles locales e internacionales. No obstante, el candidato presidencial del PRD, Andrés Manuel López Obrador, disputó enérgicamente la victoria del candidato del PAN, Felipe Calderón, en los tribunales electorales. El PRD exigió además el recuento total de los votos en todo el país. El Tribunal Federal Electoral ordenó el recuento de aproximadamente el 9% de las casillas electorales, lo cual tuvo un efecto mínimo en el margen de victoria del 0,56% de Calderón. En su decisión final, el tribunal determinó que, aunque no encontró pruebas de fraude, sí descubrió varias irregularidades, insuficientes para justificar la anulación de las elecciones.

En respuesta a la controversia sobre la elección presidencial de 2006, el 14 de septiembre el gobierno aprobó una ley que prohíbe el financiamiento público y privado de publicidad política por televisión o radio, exige la presentación de toda la publicidad de las campañas políticas ante el Instituto Federal Electoral (IFE) y especifica la distribución del tiempo de transmisión por radio o televisión entre los partidos políticos, según su parte proporcional de los resultados de las elecciones más recientes. La ley prohíbe mensajes negativos de campaña, reduce los límites del gasto público para elecciones presidenciales y dispone el reemplazo de los nueve integrantes del Consejo General del IFE de manera escalonada. Asimismo, crea el cargo de Contralor dentro del IFE, para inspeccionar las finanzas de los partidos políticos. El reconocimiento del IFE de un partido político se basa en haber obtenido al menos el 2% de la votación en las últimas elecciones nacionales. Durante las elecciones de 2006, el IFE reconoció ocho partidos políticos nacionales.

Hubo 24 mujeres en los 128 escaños del Senado, y 116 mujeres en los 500 escaños de la Cámara de Diputados. Hubo dos magistradas entre los 11 miembros de la Suprema Corte. En el gabinete integrado por 21 miembros, hay siete mujeres, en comparación con una mujer en la administración anterior. Muchos códigos electorales estatales disponen que no más del 70% al 80% de los candidatos pueden ser del mismo sexo. Todos los partidos políticos continuaron la labor de aumentar el número de mujeres candidatas a puestos por elección. Algunos emplearon las cuotas que exigen que un porcentaje de los candidatos de un partido sean mujeres.

No se contó con datos estadísticos acerca de la participación de las minorías en el gobierno.

La ley establece el derecho de los pueblos indígenas a elegir representantes para los puestos locales de acuerdo con la ley de "usos y costumbres", en lugar de las leyes electorales estatales y federales. En algunas comunidades indígenas, no faltaron los conflictos y los casos de intimidación de electores durante las elecciones. Las costumbres tradicionales variaron según la aldea. En algunas aldeas, las mujeres no tuvieron derecho al voto ni a ser electas para puestos públicos; en otras, sólo pudieron votar pero no ser electas.

Corrupción y transparencia del gobierno

La ley establece sanciones penales por corrupción de funcionarios; no obstante, la corrupción sigue siendo un problema en todos los niveles del gobierno, ya que algunos funcionarios públicos continuaron cometiendo con impunidad abusos burocráticos y actos delictivos. Los indicadores del Banco Mundial de la gobernanza en todo el mundo mostraron que la corrupción gubernamental era un problema. La corrupción en el nivel más básico implicó el pago de sobornos a funcionarios administrativos y a las fuerzas de seguridad por servicios de rutina o en lugar de multas. Las formas de corrupción más complejas y menos aparentes comprendieron pagos excesivos por bienes y servicios destinados a funcionarios electos y partidos políticos.

En julio, el Jefe de Gobierno y el presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TRIFE) de México fueron acusados de abuso de fondos públicos y de recibir compensaciones indebidas de contratistas durante un proyecto de renovación de oficinas. En agosto, ambos se vieron forzados a renunciar debido a las denuncias.

A pesar de importantes cambios institucionales y normativos que aumentan la transparencia del gobierno, sigue siendo difícil el acceso a la información. El gobierno emprendió acciones destinadas a eliminar obstáculos en los procedimientos a fin de facilitar el acceso a la información. El 20 de julio, el número requerido de estados ratificó las reformas constitucionales que establecieron los criterios mínimos para tener acceso a la información a nivel federal, estatal y local. Al final del año, estaban pendientes las normas específicas y los sistemas de información para implementar estas reformas.

Desde su creación en 2003, el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI) ha recibido más de 218.000 solicitudes de información, es decir, más de 148 solicitudes al día.

La mayor parte del avance del país en lo relacionado con el acceso de los ciudadanos a la información pública se llevó a cabo a nivel federal; sin embargo, varios estados proporcionaron un servicio similar. Cuatro gobiernos estatales (Distrito Federal, Chihuahua, Nuevo León y Veracruz) firmaron un acuerdo formal con el IFAI a fin de que el sistema de información sobre operaciones gubernamentales, Infomex, estuviera disponible para solicitudes de información sobre el gobierno estatal.

Sección 4 Actitud del gobierno hacia las investigaciones internacionales y no gubernamentales de supuestas violaciones de los derechos humanos

En general, una gran variedad de grupos nacionales e internacionales de derechos humanos funcionó sin restricciones del gobierno, e investigó y publicó sus resultados sobre casos de derechos humanos. Aunque los funcionarios del gobierno federal mostraron con frecuencia cooperación e interés en sus puntos de vista, algunas autoridades estatales y municipales acosaron a los defensores de los derechos humanos. Los organismos de las Naciones Unidas y otros órganos internacionales realizaron sus operaciones con libertad en el país, y criticaron públicamente al gobierno sin ser objeto de restricciones ni sanciones. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos mantuvo una relación constructiva con el gobierno.

La CNDH, organismo semiautónomo que recibe financiamiento total del gobierno federal, tiene la autoridad de investigar denuncias sobre derechos humanos, y así lo hizo en la práctica. La CNDH funcionó sin interferencia del gobierno o de algún partido, recibió recursos suficientes y contó con la cooperación del gobierno. Durante el año, la CNDH emitió 70 recomendaciones, que no son vinculantes ni tienen peso legal a menos que la entidad de gobierno las acepte formalmente. Algunas recomendaciones fueron aceptadas y se implantaron; otras fueron rechazadas. La CNDH recibió elogios de la comunidad de ONG por su cobertura amplia e informes detallados sobre abusos de los derechos humanos, pero ha sido criticada por no presionar al gobierno suficientemente para que cumpla sus recomendaciones.

Sección 5 Discriminación, abusos de grupos sociales y trata de personas

La ley prohíbe la discriminación por motivos de raza, sexo, discapacidad o religión. Hubo avances del gobierno en el cumplimiento de estas disposiciones; sin embargo, persistieron problemas importantes, en particular, de violencia contra las mujeres.

Mujeres

La ley prohíbe la violación, incluida la violación conyugal, penalizada con sanciones hasta de 20 años. No obstante, en contadas ocasiones, las víctimas de violaciones presentan denuncias a la policía, en parte debido a respuestas ineficientes y falta de apoyo de las autoridades hacia las víctimas, temor a la publicidad y la creencia de que es poco probable que esos casos sean llevados a juicio.

La violencia doméstica fue generalizada, sin denuncias en la mayoría de los casos. La ley prohíbe la violencia doméstica, incluido el maltrato conyugal, y establece sanciones equivalentes al salario de 30 a 180 días, y detención hasta por 36 horas; sin embargo, las sentencias reales fueron normalmente poco severas. El 1 de febrero, el presidente Calderón firmó una nueva ley que obliga a las autoridades federales y locales a prevenir, castigar y erradicar la violencia contra las mujeres.

A nivel estatal, las leyes que sancionan la violencia doméstica son débiles, cuando las hay. Siete estados no consideran la violencia doméstica como un delito, y 15 estados penalizan la violencia familiar sólo cuando se trata de un delito recurrente. En general, las víctimas no denunciaron el maltrato por varias razones, entre ellas, temor a represalias de sus cónyuges, temor a sufrir privaciones económicas si sus cónyuges van a la cárcel y la falta imperante de interés de las autoridades para procesar dichos delitos. En 2006, la entonces fiscal federal especial de delitos contra la mujer, Alicia Elena Pérez Duarte, informó que aproximadamente 1.600 mujeres fueron asesinadas en el año, la mayoría debido a violencia doméstica.

La violencia de género en Ciudad Juárez, Chihuahua, continuó con el asesinato de 19 mujeres durante el año. Al final del año, nueve sospechosos habían sido arrestados y otros cuatro estaban siendo investigados.

En 2006, el Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer declaró que no hubo resultados visibles en los intentos del gobierno por prevenir la violencia de género. En 2005, la relatora especial de la Comisión de las Naciones Unidas de Derechos Humanos sobre la Violencia contra la Mujer, Yakin Erturk, afirmó que la violencia contra las mujeres indígenas en particular, era con frecuencia "desestimada o justificada en el contexto de especificidad cultural".
El Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES), organismo a nivel del gabinete de gobierno, informó que la línea directa nacional, establecida según el Programa Nacional por una Vida sin Violencia, recibió más de 30.600 llamadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. Aunque hay algunos albergues financiados por el gobierno, las organizaciones de sociedades civiles y los grupos de derechos de la mujer mantienen la gran mayoría de los albergues que existen.

La prostitución es legal para los adultos, y sigue siendo practicada en gran medida. Los alcahuetes y la prostitución de menores de 18 años son ilegales; no obstante, estos delitos también se practicaron ampliamente, muchas veces, con el conocimiento o la colaboración de la policía. El país es un destino de turistas sexuales y pedófilos, en particular procedentes de los Estados Unidos. No hay leyes específicas contra el turismo sexual, aunque las leyes federales consideran la corrupción de menores como delito castigado con cinco a diez años de cárcel. La trata de mujeres y menores para prostitución sigue siendo un problema.

La ley prohíbe el acoso sexual y establece multas hasta de 40 días de salario mínimo, pero las víctimas deben presentar cargos. Hubo numerosos informes de acoso sexual en el lugar de trabajo, aunque las víctimas se negaron a denunciarlos y los casos fueron difíciles de probar.

La ley establece que las mujeres tendrán los mismos derechos y obligaciones que los hombres, y que "recibirán igual remuneración por trabajos iguales realizados en puestos, horas de trabajo y condiciones de eficiencia similares". De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), el sueldo promedio para las mujeres fue un 7,4% menor que el de los hombres, en comparación con un 12,6% menos en 2004. No obstante, según INMUJERES, en algunas profesiones, la disparidad alcanzó el 50%.

La ley brinda protección a las mujeres embarazadas que, según se informó, algunos empleadores trataron de evitar al exigir pruebas de embarazo en los reconocimientos médicos previos a la contratación e indagar sobre la situación reproductiva de la mujer.

Menores

El gobierno se comprometió a velar por los derechos y el bienestar de los menores. Aunque el gobierno mantuvo programas para apoyar la salud maternoinfantil, brindar ayuda financiera para la educación de los menores pobres, subsidiar alimentos y ofrecer servicios de asistentes sociales, los problemas de salud y educación infantil siguen siendo generalizados.

La educación pública se ofrece hasta nivel universitario, incluso en niveles de posgrado. Nueve años de educación son obligatorios, y los padres de familia tienen la responsabilidad legal de que sus hijos asistan a la escuela. El censo de 2002 del INEGI mostró que el 91% de los menores en edades entre 6 y 14 años asistían a la escuela, pero sólo el 68% de todos los menores que entran al primer grado terminan los nueve años de educación obligatoria. En 2003, el nivel de educación promedio al que llegó la población de 15 años o más fue de 7,9 años.

El gobierno brindó muchos programas de atención médica para niños y niñas en virtud del acceso equitativo. El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) informó de tasas de vacunación del 98% al 99% entre los niños de un año de edad.

El matrimonio entre menores sigue siendo un problema. Aunque no hubo datos estadísticos precisos, de acuerdo con el informe de 2003 del INEGI, el 12% de los hombres y el 27% de las mujeres contrajeron matrimonio a edades entre los 15 y los 19 años.

El gobierno estima que, cada año, 20.000 menores son objeto de explotación sexual. El turismo sexual y la explotación sexual de menores fueron problemas importantes en la zona de la frontera norte y en los lugares de centros vacacionales. El 27 de marzo, el gobierno promulgó una ley para intensificar las sanciones contra la explotación comercial de menores y adultos.

Trata de personas

Aún cuando la ley prohíbe aspectos de la trata de personas, hubo trata de personas hacia el país, desde el mismo o en su interior.

El país fue punto de origen, tránsito y destino de la trata de personas con fines de mano de obra y explotación sexual. La gran mayoría de las víctimas que no eran de origen mexicano, provinieron de Centroamérica y, en menor número, de Brasil, Cuba, Ecuador, China, Taiwán, India y países de Europa oriental. La trata de víctimas tuvo como destino los Estados Unidos y diversos puntos del país. El turismo sexual y la explotación sexual de menores fueron problemas serios en la zona de la frontera norte y en los lugares de centros vacacionales. Los grupos con mayor riesgo de trata estuvieron integrados por mujeres, niños y niñas, inmigrantes indocumentados procedentes de Centroamérica, personas pobres e indígenas.

A las víctimas de la trata de personas, con frecuencia pobres y sin educación, se les prometió empleo pero, cuando se encontraron lejos de sus familias y sus hogares, fueron forzadas a prostituirse, a trabajar en fábricas o en el sector agrícola. Otras jóvenes inmigrantes informaron haber sido robadas, golpeadas y violadas por miembros de pandillas de delincuentes, y forzadas después a trabajar en bares donde se baila en la mesa (table dance) o como prostitutas bajo amenaza de más daños a ellas y a sus familias. Muchos inmigrantes ilegales se convirtieron en víctimas de traficantes en la frontera de Guatemala, donde hay una presencia cada vez mayor de pandillas como Mara Salvatrucha y Barrio 18, que hacen que la zona sea especialmente peligrosa para mujeres y niños indocumentados que migran sin compañía hacia el Norte.

El 27 de noviembre, el Presidente firmó una ley que convierte la trata de personas en un delito federal sancionado con un máximo de 12 años de cárcel. Además de la nueva ley federal, ocho estados promulgaron leyes contra la trata de personas (Michoacán, Chihuahua, Guerrero, Zacatecas, Tlaxcala, Baja California, Guanajuato y Coahuila), y 21 estados y leyes federales diversas consideran un delito ciertos aspectos de la trata de personas.

Además de las disposiciones de la nueva ley federal contra la trata de personas, la ley tipifica como delito la corrupción de menores, la explotación de menores mediante la prostitución y la pornografía infantil. Toda persona declarada culpable de un delito relacionado con un menor de 18 años puede ser sentenciado a penas de 5 a 10 años de cárcel. Si la actividad ilícita involucra a niños menores de 16 años, la sentencia aumenta una tercera parte; si se trata de niños menores de 12 años, la sentencia aumenta el 50%. Las personas que dirijan o faciliten estas actividades ilícitas con fines de lucro pueden recibir penas de cárcel de seis a diez años. Cuando se emplee violencia física o psicológica para llevar a cabo abuso sexual u obtener ganancias de la explotación de un menor, las sanciones aumentan el 50%. La ley prohíbe también el trabajo infantil forzado u obligatorio.

El gobierno tuvo ineficiencias estructurales, pero logró notables mejoras en la obtención de datos y la promoción de investigaciones, enjuiciamientos y declaraciones de culpabilidad en los casos de trata de personas. Las autoridades desmantelaron operaciones de contrabando y arrestaron a más de seis supuestos traficantes durante el año. El gobierno procesó unos ocho casos de trata de personas, todos los cuales continuaban abiertos al final del año. Asimismo, el gobierno realizó varios rescates de víctimas potenciales de la trata de personas, emitió una orden de aprehensión estatal y realizó un arresto en virtud de cargos federales de pornografía infantil. Conseguir las condenas sigue siendo un problema para el gobierno.

En abril de 2006, la PGR ganó una apelación en un proceso importante de trata de personas. Los siete acusados, miembros de la familia Carreto, fueron declarados culpables, multados y sentenciados a penas de cárcel de 19 a 27 años. Los miembros de la familia Carreto presentaron una apelación y fueron puestos en libertad.

En julio de 2006, Jean Succar Kuri fue extraditado a los Estados Unidos por cargos de corrupción de menores y pornografía infantil, entre otros. Al final del año, continuaba su juicio.

Thomas White seguía detenido a fines del año, acusado por el gobierno federal de corrupción de menores. En noviembre, un tribunal de Jalisco revocó una declaración de culpabilidad de cargos similares, pronunciada por un tribunal estatal menor.

Como organismo policial federal predominante, la PFP es la principal entidad operativa y coordinadora de las actividades contra la trata de personas. El Instituto Nacional de Migración (INM), la PGR, el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN), la CNDH, la Secretaría de Relaciones Exteriores y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) también desempeñaron funciones clave en el combate de la trata de personas, la protección de víctimas y el enjuiciamiento de traficantes. Durante el año, la PFP nombró un director general directamente responsable de los casos de trata de personas, y asignó cinco unidades de investigación exclusivamente a dichos casos. Dos de estas unidades ya iniciaron las investigaciones. Más de 60 agentes de la PFP recibieron un curso de 40 horas de capacitación sobre la realización de investigaciones de trata de personas, y 300 agentes de la PFP asistieron a un módulo de cuatro horas en su academia de capacitación. Durante el año, el gobierno también participó en investigaciones internacionales de trata de personas.

Hubo informes fidedignos acerca de que agentes de la policía local, estatal y federal, de aduanas e inmigración facilitaron la trata de personas. El 16 de agosto, dos agentes del INM, Oscar Manuel Navarrete Orozco y María América Maldonado Alfaro, fueron arrestados y acusados por la PGR de dirigir un grupo delictivo organizado dedicado a la trata personas, entre ellas, trabajadores indocumentados. Al final del año, el INM informó que había emitido nueve visados humanitarios para permitir que las víctimas de la trata de personas permanecieran en el país mientras estuviera pendiente la investigación de sus casos.

El gobierno apoyó las campañas generales para la prevención de la trata de menores y mujeres, y administró programas especiales de asistencia destinados a menores repatriados al país. Si bien existe un sistema parcial para proteger y brindar servicios sociales a las víctimas de la trata de personas, los inmigrantes indocumentados fueron normalmente deportados antes de poder ser identificados y eliminados del sistema de detención. El gobierno aumentó la cooperación con las ONG y las organizaciones internacionales, como la Organización Internacional para las Migraciones, a fin de crear una red de servicios para las víctimas de la trata de personas e identificar a víctimas potenciales de la misma. La PFP administró una base de datos en la web para indagar el paradero de personas desaparecidas, entre ellas, posibles víctimas de la trata de personas.

Personas discapacitadas

La ley prohíbe la discriminación contra personas con discapacidades físicas y mentales en el trabajo, la educación, el acceso a la atención médica y la prestación de otros servicios; no obstante, el gobierno no hizo cumplir competentemente todas estas disposiciones. La mayoría de los edificios públicos e instalaciones de la Ciudad de México no cumplen con la ley que exige facilitar el acceso a personas discapacitadas. El gobierno federal afirmó que las entradas, salidas y pasillos de todas sus oficinas habían sido adaptadas para permitir el acceso de personas discapacitadas, y en 2005 inició un programa para mejorar el acceso en 13 aeropuertos. El sistema de educación no logró proporcionar educación especial a menores discapacitados. En 2004, atendió aproximadamente a 400.000 estudiantes de un total estimado de dos millones de discapacitados, y sólo el 42% de los municipios en el país brindaron educación especial.

Aunque el gobierno logró avances en el tratamiento de personas con enfermedades mentales, los recursos del gobierno destinados a este problema siguen siendo insuficientes.

La secretaría de salud colaboró con las secretarías de desarrollo social, trabajo y educación pública, así como con el DIF y la oficina de Promoción e Integración Social para Personas con Discapacidad, a fin de proteger los derechos de las personas discapacitadas. El gobierno estableció oficinas y programas para la integración social de personas discapacitadas, entre ellos un programa para ampliar las oportunidades de trabajo y poner en marcha un portal en línea para comunicar información y brindar asistencia.

Pueblos indígenas

La población indígena ha sido por mucho tiempo objeto de discriminación, represión y marginación. Las comunidades indígenas, ubicadas principalmente en las regiones del centro y sur, representan el 37% de la población de los estados de Oaxaca y Yucatán. Estos grupos siguen quedando en gran parte fuera de la corriente política y económica, debido a antiguos patrones de marginación social y económica. En muchos casos, fue insignificante su capacidad para participar en las decisiones que afectan sus tierras y tradiciones culturales, y la distribución de recursos naturales.

Los grupos políticos, las ONG y los líderes de las comunidades indígenas siguen denunciando el uso de fuerza excesiva contra los pueblos indígenas. Muchos de estos grupos consideraron intimidante la presencia continua de unidades militares en ciertas zonas de Chiapas y Guerrero.

El 18 de agosto, durante una investigación de actividades ilícitas en la zona, las autoridades del Estado de Chiapas detuvieron temporalmente a 39 hombres, mujeres y niños del grupo tzeltal, desalojados de la reserva natural de Montes Azules en Chiapas. Todos ellos fueron liberados, pero las ONG hicieron notar la inquietud constante por las disputas sobre tierras entre la comunidad y el gobierno estatal.

Los pueblos indígenas no viven en reservaciones autónomas, aunque algunas comunidades indígenas tienen un control local considerable sobre asuntos económicos, políticos y sociales. Por ejemplo, en el Estado de Oaxaca, el 70% de los 570 municipios están gobernados de acuerdo con el régimen indígena de la ley de "usos y costumbres", la cual no sigue normas democráticas como el voto secreto, el sufragio universal y la afiliación política. Estas comunidades aplican prácticas tradicionales para solucionar controversias y elegir a los funcionarios locales. Estas prácticas permiten a las comunidades elegir funcionarios de acuerdo con sus tradiciones; sin embargo, las leyes de "usos y costumbres" tienden a excluir a las mujeres del proceso político y suelen infringir otros derechos de la mujer.

La ley establece cierta protección para los pueblos indígenas, y el gobierno brindó apoyo a las comunidades indígenas por medio de programas de asistencia social y económica, disposiciones legales y programas de prestaciones sociales. No obstante, las limitaciones presupuestarias impidieron que estas medidas cubrieran las necesidades de la mayoría de las comunidades indígenas, ya que persistió una grave escasez de infraestructura básica y de servicios de salud y educación.

La ley establece que la instrucción educativa debe llevarse a cabo en el idioma nacional, el español, sin prejuicio de la protección y promoción de los idiomas autóctonos. Sin embargo, muchos menores indígenas hablan sólo sus lenguas autóctonas, y el gobierno no proporcionó suficientes maestros bilingües o que hablen dichas lenguas.

En general, el gobierno mostró respeto a los deseos de los pueblos indígenas de conservar elementos de su cultura tradicional. Durante el año, la CNDH investigó 173 denuncias de violaciones de derechos humanos entre las poblaciones indígenas, y concluyó que 64 eran dignas de crédito. Más de 130 ONG se dedicaron a la promoción y protección de los derechos de los indígenas.

Otros abusos y discriminación de grupos sociales

Aún cuando los homosexuales tuvieron mayor aceptación social, el Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA afirmó que persiste la discriminación. Fueron comunes las creencias y las prácticas homofóbicas, que se manifiestan principalmente en los programas de los medios de entretenimiento y en las actitudes diarias. Hubo informes frecuentes de ataques contra homosexuales y transexuales.

La ley prohíbe varios tipos de discriminación, incluida la discriminación por orientación sexual, y exige que los organismos federales promuevan la tolerancia.

Se registraron varios incidentes de acosos y ataques violentos contra homosexuales. No hubo información reciente sobre el menor arrestado en 2005 por el asesinato de Octavio Acuña, un activista promotor de los derechos de las personas con VIH y SIDA.
El 24 de septiembre, la SCJN decidió el quinto caso de ocho soldados que denunciaron haber sido discriminados por sus superiores ya que fueron dados de baja sumariamente por haber obtenido resultados positivos de VIH. La SCJN ordenó a la SEDENA que reinstituyera a los soldados en los cargos que tenían.
Hubo informes fidedignos de que agentes de policía, inmigración y aduanas infringieron frecuentemente los derechos de inmigrantes indocumentados, cometiendo incluso violación sexual. En julio, los medios de información y los grupos de derechos humanos informaron que unidades militares realizaron redadas en campos de inmigrantes en Chiapas y cometieron abusos contra los residentes. Los funcionarios militares y gubernamentales denegaron estos informes y, al final del año, no se había llevado a cabo ninguna investigación. En contadas ocasiones, los inmigrantes indocumentados presentan cargos en estos casos porque las autoridades suelen deportar a las personas que recurren a ellas. El INM cuenta con 46 centros de detención en todo México, específicamente para inmigrantes indocumentados en México. Según informes, la CNDH tiene una oficina en cada una de esas instalaciones para garantizar que no se comentan abusos de los derechos humanos contra los detenidos.

El 10 de enero, José Alejandro Solalinde, sacerdote, y 18 inmigrantes centroamericanos fueron golpeados y detenidos durante siete horas por ocho agentes de la policía en Ixtepec, Oaxaca. El 13 de diciembre, la CNDH formuló recomendaciones al gobernador de Oaxaca, Ulises Ruiz, a la PGR y a los agentes de la policía municipal de Ixtepec, Oaxaca, y el caso seguía pendiente al final del año.

Durante el año, la CNDH emitió más de 15 recomendaciones a entidades de gobierno, relacionadas con inmigrantes centroamericanos, y recibió 388 denuncias de violaciones de derechos de los inmigrantes, realizadas por funcionarios de gobierno a nivel local y federal.

Sección 6 Derechos de los trabajadores

a. El derecho de asociación

Las leyes federales conceden a los trabajadores el derecho de organizar y unirse al sindicato de su elección, y los trabajadores ejercieron ese derecho en la práctica. De acuerdo con el INEGI, hubo 42,4 millones de trabajadores en la fuerza laboral, de los cuales, 15 millones integran el sector formal; es decir, los que pagan impuestos al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Cerca del 25% del sector formal está sindicalizado. Por ley, 20 trabajadores pueden formar un sindicato independiente con un registro formal. Sin embargo, los procedimientos administrativos para el registro son complejos y engorrosos, y los consejos laborales del gobierno rechazaron con frecuencia las solicitudes de registro de sindicatos independientes debido a formalidades. Asimismo, un sindicato nuevo debe enfrentarse al sindicato aprobado del gobierno, si existe, para lograr el control del contrato laboral. Ciertos informes fidedignos siguen indicando el uso de contratos de protección, los cuales consisten en un acuerdo según el cual la compañía paga un monto mensual al sindicato a cambio de paz en el sector. En contadas ocasiones, los trabajadores eligieron democráticamente esos sindicatos, y las cláusulas de exclusión de esos contratos de protección dieron a los sindicatos en favor de la administración el derecho a exigir el despido de algunos trabajadores.

Las elecciones de representantes son tradicionalmente abiertas; la administración y los funcionarios del sindicato existente están presentes junto con el presidente del consejo laboral cuando los trabajadores emiten abierta y personalmente sus votos. En ocasiones, las elecciones abiertas dieron lugar a la intimidación de los trabajadores en favor del sindicato y de los trabajadores insatisfechos con su sindicato actual, que deseaban afiliarse a un sindicato independiente distinto.

b. El derecho de organización y negociación colectiva

La ley establece el derecho de organización y negociación colectiva, y el gobierno protegió este derecho en la práctica. La negociación de contratos colectivos cubrió a cerca del 7% de los trabajadores. La ley establece el derecho de huelga en los sectores público y privado, y los trabajadores ejercieron este derecho. Sin embargo, sólo los sindicatos reconocidos oficialmente pueden convocar a huelga. Para que una huelga se considere legal, las autoridades laborales correspondientes deben aprobar el emplazamiento a huelga del sindicato. A nivel estatal, esto ocasiona un gran número de solicitudes atrasadas de emplazamientos a huelga. Aún cuando tuvieron lugar algunas huelgas formales, fueron comunes los paros laborales informales.

No existen leyes especiales ni exenciones en las leyes laborales para las zonas de procesamiento de exportaciones. En ocasiones, la administración del sector maquilador y de otros sectores usó contratos de protección para impedir que los trabajadores formaran sindicatos auténticos en una empresa, contraviniendo los principios de libertad de asociación. Dichos contratos eran acuerdos colectivos negociados por la administración y por el representante de una supuesta organización laboral sin el conocimiento de la fuerza de trabajo, y en ocasiones, antes de contratar al primer trabajador en una nueva planta. La organización Human Rights Watch atribuyó el problema a la falta de sindicatos independientes y legalmente reconocidos que puedan negociar acuerdos sólidos y justos de negociación colectiva.

El 9 de abril, Rafael Santiago Cruz, organizador de los trabajadores agrícolas inmigrantes, fue golpeado y muerto en las oficinas de la Farm Labor Organizing Committee (FLOC) de Nuevo León. Las organizaciones laborales y de derechos humanos denunciaron que Cruz fue muerto debido a la participación de su organización en la representación de los trabajadores inmigrantes que viajan a los Estados Unidos. Desde 2005 cuando la FLOC estableció sus oficinas en Monterrey, éstas han sido objeto de ataques en los medios de información, amenazas de deportación, varios robos e intimidación violenta. El 25 de mayo, las autoridades estatales arrestaron a un conocido de la víctima, quien mencionó a otras dos personas involucradas en el crimen. Al final del año, la investigación continuaba, y otros dos sospechosos seguían en libertad.

c. Prohibición del trabajo forzado u obligatorio

Aunque la ley prohíbe el trabajo forzado u obligatorio, incluido el trabajo infantil, dichas prácticas persistieron con frecuencia en los sectores rural e industrial. Los inmigrantes y los menores fueron los grupos más vulnerables. Hubo muchos informes de casos de maltrato y explotación de guatemaltecos y otros trabajadores inmigrantes.

d. Prohibición del trabajo infantil y edad mínima para trabajar

La ley protege a la niñez contra la explotación en el lugar de trabajo, e incluye una prohibición del trabajo forzado u obligatorio; sin embargo, el gobierno no hizo cumplir efectivamente dichas prohibiciones. La ley prohíbe el trabajo de niños menores de 14 años, y los menores entre los 14 y los 16 años pueden trabajar en horarios limitados únicamente y con permiso de los padres, nunca de noche ni en empleos peligrosos. De acuerdo con las estadísticas más recientes del UNICEF, el 16% de los menores de 5 a 14 años participaron en actividades de trabajo infantil. Los principales sectores donde hubo trabajo infantil fueron la agricultura y la explotación sexual de menores.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) se encarga de proteger los derechos de los trabajadores. No obstante, la STPS declaró específica y públicamente que su mandato no cubre los aspectos del trabajo infantil. La Secretaría del Trabajo, la Secretaría de Desarrollo Social, la Procuraduría General y el sistema de Desarrollo Integral de la Familia tienen la responsabilidad de hacer cumplir las leyes del trabajo infantil o de intervenir en los casos en que se infringen dichas leyes. La aplicación de la ley por parte del gobierno fue razonablemente efectiva en las empresas medianas y grandes, en especial en el sector maquilador y otras industrias bajo jurisdicción federal. La aplicación de la ley fue insuficiente en muchas empresas pequeñas y en los sectores agrícola y de la construcción, y casi inexistente en el sector informal en el que trabaja la mayoría de los menores.

Durante el año, la STPS, la Secretaría de Desarrollo Social y el DIF llevaron a cabo programas para evitar los abusos del trabajo infantil y promover los derechos de la mano de obra infantil, entre ellos, intentos específicos por combatir la explotación sexual de menores.

No fue extraño encontrar a niñas menores de 15 años dedicadas a la prostitución. La trata de menores para explotación sexual es un problema.

e. Condiciones aceptables de trabajo

La ley establece un salario mínimo diario, que se fija cada diciembre para el siguiente año. En el año, los salarios mínimos por zona fueron: $4,60 (51 pesos) en la Zona A (Baja California, Distrito Federal, Estado de México y las grandes ciudades); $4,46 (49 pesos) en la Zona B (Sonora, Nuevo León, Tamaulipas, Veracruz y Jalisco); y $4,33 (48 pesos) en la Zona C (todos los demás estados). El salario mínimo no permitió un estándar de vida decente para el trabajador y su familia, y sólo una pequeña parte de los trabajadores en la fuerza de trabajo formal recibió el salario mínimo. La STPS es responsable de proteger los derechos de los trabajadores, entre ellos las disposiciones del salario mínimo en la ley, y lo hizo realmente.

La ley fija seis días de ocho horas o 48 horas por semana, como la semana laboral legal. Todo trabajo que exceda de ocho horas diarias se considera tiempo extra, por el cual el trabajador recibe el doble del salario por hora. Después de acumular nueve horas de tiempo extra, un trabajador gana el triple del salario por hora, y la ley prohíbe el tiempo extra obligatorio. Sin embargo, durante el año, se presentaron disputas de derechos del trabajo ante los consejos laborales y las organizaciones internacionales del trabajo, con denuncias de que los trabajadores no recibieron el pago de tiempo extra que se les debía.

La ley exige que los empleadores cumplan con los reglamentos de salud y seguridad ocupacional, emitidos junto con la STPS y el IMSS. Las comisiones conjuntas de administración y trabajo bajo mandato legal establecieron las normas y estuvieron a cargo de su cumplimiento en el lugar de trabajo, en plantas y oficinas. Los empleados y los sindicatos pueden presentar quejas directas a los inspectores o a los funcionarios de salud y seguridad. Los trabajadores pueden excluirse ellos mismos de situaciones peligrosas sin poner en riesgo su trabajo. Los demandantes pueden presentar denuncias ante el consejo federal del trabajo sin costo alguno para ellos.

Aunque los funcionarios de la STPS y del IMSS informaron que hubo un cumplimiento razonablemente bueno en la mayoría de las grandes empresas, no hubo suficientes inspectores federales para hacer cumplir las normas de salud y seguridad en las empresas pequeñas.

El 20 de marzo, un juez estatal acusó y presentó cargos formales contra cinco administradores de Industrial Minera México, S.A. y ex funcionarios de la administración del presidente Fox en relación con el accidente minero de 2006 en Coahuila en el que murieron 65 mineros. Estas personas fueron acusadas y sentenciadas a prisión por el juez de un tribunal estatal, por no garantizar las condiciones mínimas de seguridad de los mineros muertos en la explosión. Los cinco administradores pagaron una multa, aunque no se dieron a conocer públicamente los detalles de dicha multa.

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